viernes, junio 27, 2025

Tu ventana al mundo sostenible

II Congreso Sostenibilidad.es: "Del compromiso a la acción: por un mundo Sostenible"

21 de Octubre 2025 | Fundación Ortega – Marañón

Del compromiso a la acción: por un futuro sostenible

El éxito del primer congreso marcó un hito, no solo por la alta asistencia y participación activa de personas comprometidas, sino también por su impacto en la divulgación de ideas transformadoras para un mundo más sostenible. Gracias a su repercusión, nos quedó claro que el cambio empieza en cada uno de nosotros y que, juntos, podemos multiplicarlo.

En este segundo congreso, reforzamos nuestro compromiso de ser catalizadores del cambio, y aunque no tengamos control directo sobre las políticas gubernamentales, nuestra influencia individual y colectiva sigue siendo una poderosa herramienta. “Del compromiso a la acción: por un futuro sostenible” se consolida como una plataforma para generar conciencia, compartir experiencias, y explorar soluciones prácticas hacia un estilo de vida más responsable con el planeta.

Desde la eficiencia energética en los hogares hasta el uso de tecnologías renovables, pasando por la promoción de hábitos como el reciclaje, la movilidad ecoamigable y el apoyo a empresas sostenibles, seguimos avanzando juntos en la construcción de un futuro verde y equitativo.

Gracias por formar parte de esta comunidad que cree en el cambio.
#Sostenibilidad

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Cuarta Planta explica cómo cumplir con el nuevo Registro Único de Arrendamientos

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A partir del próximo 1 de julio, entra en vigor una nueva obligación normativa que afecta directamente a los propietarios de viviendas destinadas a alquiler de corta estancia o uso turístico. Según explican desde Cuarta Planta, la plataforma que simplifica la gestión inmobiliaria para propietarios, esta medida busca garantizar la legalidad de las ofertas publicadas en plataformas digitales y se aplicará únicamente a las propiedades que se anuncien en portales online.

Esta novedad, derivada de la legislación europea, introduce nuevos requerimientos en el ámbito de la gestión inmobiliaria que los propietarios deben tener en cuenta para evitar sanciones o la retirada de sus anuncios.

Inscripción obligatoria para determinadas propiedades destinadas al alquiler

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, y su transposición a España mediante el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, los propietarios deberán inscribir en el Registro de la Propiedad todas aquellas unidades destinadas a alquiler de corta estancia, siempre que se publiquen en plataformas web. La finalidad de este registro es obtener un número identificativo único que acredite la legalidad del arrendamiento.

Esta exigencia no afecta a viviendas utilizadas como residencia habitual, ni a locales, oficinas u otros inmuebles no destinados a uso habitacional. Tampoco será necesario registrar las propiedades que no se publiquen en portales online.

Las viviendas obligadas a registrarse se clasifican en tres grupos: Unidades parciales de fincas destinadas a alquiler de temporada con fines no turísticos; viviendas o habitaciones destinadas al alquiler turístico, conforme a la normativa vigente; y embarcaciones flotantes u otros espacios habilitados para alojamiento temporal no excluidos por el Reglamento europeo.

Cada tipo de arrendamiento y categoría tendrá un número de registro único por vivienda. Así, una misma propiedad podrá contar con un número para alquiler turístico y otro para no turístico, pero nunca dos por la misma categoría.

Cuarta Planta aclara los plazos, el coste y el proceso de registro

El número de registro tendrá validez anual, por lo que deberá renovarse cada año con la documentación correspondiente. El coste aproximado del trámite ante el Registro de la Propiedad es de 33 euros. La solicitud podrá presentarse de forma presencial o telemática, incluyendo el formulario y los documentos exigidos. Una vez enviada, se asignará automáticamente un número provisional, sujeto a revisión. Si el registro deniega la inscripción y no se corrige el error, deberá retirarse el anuncio de la plataforma.

Para presentar la solicitud online, será necesario estar abonado al portal del Registro, aunque se permite delegar esta gestión mediante contrato o autorización. Desde Cuarta Planta señalan que se prevé que, a finales de mayo, ya será posible solicitar el número de registro sin abonarse.

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